REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, nueve (09) de Marzo de dos mil nueve (2009).-.

198º y 150º

Por cuanto la Alguacil de este Despacho, manifestó no haber podido notificar a la parte demandada en el presente juicio, se ordena librar CARTEL DE NOTIFICACIÓN, haciéndole saber que se le concede un lapso de diez (10) días hábiles siguientes a su fijación para darse por notificado de la decisión definitiva de EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN dictada por este Tribunal. Se le advierte que de no comparecer a darse por notificado en el lapso establecido se le tendrá como tal. Dicho cartel deberá fijarse en la cartelera de este Tribunal.

LA JUEZ TEMPORAL

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO.

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

SRIA. TIT.


EXP 3055.-