REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 7 de Mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2008-003455
ASUNTO : LP01-P-2008-003455
Visto que en fecha 22-04-2009, el Tribunal en audiencia diferida, fue informada por la Fiscalia quinta del Ministerio Público de “…Solicito al Tribunal le libre orden de captura y en consecuencia le revoque la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad e igualmente declare abandonada la defensa del imputado, se notifique al imputado para que designe un defensor dentro de las 24 horas después de su notificación, en virtud de ello, este Tribunal para decidir hace las consideraciones siguientes:
Se evidencia de las actuaciones que ni el acusado de autos, ni la Defensa fueron debidamente notificados, razón por la cual considera quien aquí suscribe que debe fijarse nuevamente la audiencia oral y pública y ordenar a la prefectura de Mucutuy, a través de los funcionarios policiales que allí se destacan, notificar debidamente al ciudadano MERLEY SOSA DUGARTE, venezolano, 21 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No 17.663.302, de profesión agricultor, quien esta domiciliado en la aldea Mijara, Sector el pantano, casa s/n, cerca de la Escuela Bolivariana del Pantano, Municipio Arzobispo Chacòn, Estado Mérida, teléfonos 0416-8731104 y 0275-2675403.
Y visto el escrito presentado por la victima, en la cual informa la denuncia interpuesta por él en la referida prefectura, en contra del acusado de autos, se ordena agregarlo a las actuaciones. Cúmplase.
En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Declarar:1) sin lugar la orden de aprehensión. 2) No decreta abandonada la Defensa solicitada por la Fiscalia. 3) Ordena fijar Juicio ora y público UNIPERSONAL, para el día jueves 28 de Mayo a las 10:00 horas de la mañana. 4)Ordenar a la prefectura de Mucutuy, a través de los funcionarios policiales que allí se destacan, notificar debidamente al ciudadano MERLEY SOSA DUGARTE, venezolano, 21 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No 17.663.302, de profesión agricultor, quien esta domiciliado en la aldea Mijara, Sector el pantano, casa s/n, cerca de la Escuela Bolivariana del Pantano, Municipio Arzobispo Chacòn, Estado Mérida, teléfonos 0416-8731104 y 0275-2675403. Quienes deberán regresar al circuito Judicial Penal, la boleta de notificación debidamente firmada. Así se decide. Notificadas las partes. Publíquese.
LA JUEZA DE JUICIO N° 02
ABG. MARIANELA MARIN ESTRADA
LA SECRETARIA
ABG.