REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 15 de Mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2006-003773
ASUNTO : LP01-P-2006-003773


Por cuanto la delegada de prueba Susana Borrero Ortega, solicitó cómputo actualizado de pena de Edixon Rivera Villarreal, quien fue condenado a cumplir la pena de doce (12) años y un (1) mes de presidio, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Simple y Porte Ilícito de Arma Blanca, previstos y sancionados en los artículos 405 y 277 del Código Penal, motivo por el cual este tribunal previa verificación de todas las fechas relacionadas con la detención del penado que nos ocupa, procede a efectuar la actualización y revisión del cómputo de la siguiente forma:
Primero: que el penado Edixon Rivera Villarreal, fue condenado a cumplir la pena de doce (12) años y un (1) mes de presidio, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Simple y Porte Ilícito de Arma Blanca, previstos y sancionados en los artículos 405 y 277 del Código Penal.
Segundo: se evidencia de las actas que el penado fue privado de libertad el veinte de agosto de dos mil seis (20.08.2006), permaneciendo actualmente en tales circunstancias (actualmente se encuentra en destacamento de trabajo), lo que significa que ha estado totalmente privado de libertad por el lapso de dos (2) años, ocho (8) meses y veinticinco (25) días.
Tercero: el tiempo antes indicado de privación de libertad, se toma como pena cumplida, y al mismo se suma la redención de pena por el trabajo y el estudio de fecha ocho de enero de dos mil nueve (08.01.2009) por el lapso de un (1) año, un (1) mes, diecinueve (19) días y doce (12) horas, lo que significa que ha cumplido un total de pena equivalente a tres (3) años, diez (10) meses, catorce (14) días y doce (12) horas, y le falta por cumplir un remanente de pena equivalente a ocho (8) años, dos (2) meses, quince (15) días y doce (12) horas de presidio, lo cual indica que terminará de cumplir la pena impuesta el día treinta de julio de dos mil diecisiete (30.07.2017) a las doce del mediodía (12:00 m).

Dispositiva:
Por lo anteriormente señalado, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actualiza el cómputo de pena, correspondiente al ciudadano Edixon Rivera Villarreal, de conformidad con el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase con oficio copia certificada de esta actualización de cómputo a la Delgada de prueba Susana Borrero Ortega en la sede del Centro de pernocta Padre José Maria Olaso. Notifíquese a la fiscalía, a la defensa y al penado sobre el contenido de esta decisión remitiéndole a éste último copia certificada de la resolución. Certifíquese por secretaría copia de este auto. Cúmplase.

La Juez de Ejecución Nº 01

Abg. Marianina Brazón Sosa

La Secretaria

Abg. Ashneris Osorio


En fecha__________________ se envió oficios Nros_______________________, junto con boletas de notificación Nros ___________________________________
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Sria