REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-000271
ASUNTO : LP11-P-2005-000271
AUTO CÓMPUTO ACTUALIZADO
De conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02, Ordena elaborar Cómputo Actualizado para verificar el cumplimiento de pena para el penado JESÚS VICENTE PÉREZ, quien es colombiano, titular de la cédula de identidad Nº E-81.984.246, natural de Palermo, Departamento de Huila, República de Colombia, nacido en fecha 17-11-1.966, de 42 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de Beatriz Pérez y de Marcos Aguirre, residenciado en la Urbanización El Cañaveral, Calle 15, Casa Nº 10, Rubio, Estado Táchira. A tales efectos este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida extensión El Vigía, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, OBSERVA: UNICO: Efectuando el cómputo actualizado de la pena, se evidencia que el penado JESÚS VICENTE PÉREZ durante el tiempo de su reclusión por este Tribunal, ha estado detenido desde el 31-03-2005 hasta el 05-06-2009, por un lapso de CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES y CINCO (05) DÍAS, que sumado a dos Redenciones: la primera Redención de fecha 16-11-2006 por un lapso de SIETE (07) MESES y VEINTISIETE (27) DÍAS, y la segunda de fecha 07-12-2007, por un lapso de SEIS (06) MESES y DIEZ (10) DÍAS, acumulando un total de pena cumplida de CINCO (05) AÑOS, CUATRO (04) MESES y DOCE (12) DÍAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, le falta por cumplir DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES y DIECIOCHO (18) DIAS, la cual terminará de cumplir el día VEINTITRÉS (23) DE ENERO DE 2012, AL FINALIZAR EL DÍA.
Notifíquese a la Fiscalía XXII del Ministerio Público, a la Defensa Pública y al Penado, de la presente decisión. Remítase con oficio copia de la presente decisión debidamente certificada al Director (E) del Centro Penitenciario de la Región Andina con sede en San Juan de Lagunillas. Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 02
ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DIAZ
SECRETARIO