REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.


ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-003923
ASUNTO : LP11-P-2007-003923

AUTORIZACION DE PERMISO CELEBRACIÓN DÍA DE LA MADRE


Vista la solicitud presentada mediante oficio Nº 354, de fecha 28-04-2009 (folio 403), suscrita por la ciudadana Dra. Anna de Sánchez, en su condición de Directora del Centro de Pernocta “José María Olaso”, mediante la cual solicita PERMISO EXTRAORDINARIO de 24 horas, con motivo de celebrarse el “Día de la Madre” para el penado JOSÉ HERNAN MÁRQUEZ DÁVILA, titular de la cédula de identidad Nº 11.216.704, a quien se le sigue causa por ante éste Tribunal de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, por los delitos de Homicidio Intencional Simple, Homicidio Intencional Simple en grado de Frustración y Prohibición de Hacerse Justicia por sí mismo, en perjuicio de los ciudadanos Albis Edecio Rangel Quintero (occiso), Sergio Daniel Carrero Dávila y El Orden Público, quien se encuentra actualmente bajo la Formula Alternativa de cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo, durante los días 10 y 11 de mayo del presente año 2009, sugiriendo hora de salida a las 06:00 a.m. del día Domingo 10-05-09 e incorporándose el día Lunes 11-05-09 a la hora habitual, pernoctando en su lugar de residencia ubicado en Brisas del Chama, vía panamericana, después de la entrada de Mocacay, Casa Nº 32, más debajo de Frenos VICAR, pasando el Puente Chama, segunda entrada, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, Teléfono 0275-4151536 y 0424-7353912 (esposa). En este estado, con fundamento a lo previsto en los artículos 62 y 63 de la Ley de Régimen Penitenciario, artículo 272 Constitucional y artículos 495 y 496 del Código Orgánico Procesal Penal, éste Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Al penado JOSÉ HERNAN MÁRQUEZ DÁVILA, titular de la cédula de identidad Nº 11.216.704, la salida transitoria solamente por el día Domingo 10-05-2009 desde las 6:00 a.m., hasta las 07:00 p.m., retornando ese mismo día al Centro de Pernocta "José María Olaso", del Estado Mérida. La salida transitoria otorgada se hará efectiva, siempre que el penado JOSÉ HERNAN MÁRQUEZ DÁVILA , previamente haya firmado un acta Interna, donde se comprometa a cumplir con el permiso otorgado y las condiciones impuestas por éste Despacho, las cuales son las siguientes:1. Continuar con el cabal cumplimiento de las indicaciones del Tribunal y su Delegada de Prueba.No salir de la Jurisdicción del Tribunal.Debe permanecer y pernoctar en la dirección indicada, la cual es la siguiente: Brisas del Chama, vía panamericana, después de la entrada de Mocacay, Casa Nº 32, más debajo de Frenos VICAR, pasando el Puente Chama, segunda entrada, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida. Prohibición de consumir bebidas alcohólicas y Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.Retornar el mismo día Domingo 10-05-2009 a la hora indicada, al Centro de Pernocta “José María Olaso” ubicado en la Avenida Urdaneta, al lado de la Policía del Estado Mérida. Cualquiera otra que tenga a bien imponer la Delegada de Prueba.Se ordena librar oficio a la Dirección del Centro de Pernocta “José Maria Olaso”, boletas de notificación a la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público, a la Defensa Pública y al Penado, indicando lo aquí acordado. Cúmplase.-


JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02


ABG. ROSARITO MÉNDE BARONE



EL SECRETARIO