REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, catorce (14) de Mayo del año dos mil nueve (2.009).-

199º y 150º

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado a los autos por el Abogado en Ejercicio GUSTAVO ADOLFO VOLCANES ZAMBRANO, apoderado judicial de la parte demandante, plenamente identificado en autos. El Tribunal estando en la oportunidad legal para admitirlas lo hace en los siguientes términos: En relación a los particulares promovidos signados como “PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. CUMPLASE.----------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,



ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO,



ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.----------------------



SÁNCHEZ MOLINA SRIO.


MUR/yo.
EXP. Nº 2.619.-