REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA



En horas de despacho del día de hoy, siete (07) de Mayo del año dos mil nueve (2.009), siendo la nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 am), compareció por ante este Tribunal el ciudadano JOSE WILLIAM BOLIVAR LIZCANO, venezolano, Ingeniero Forestal, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.793.985, inscrito en la Asociación Civil de Avaluadores Profesionales Venezolanos (ASAPROVE) bajo el Nº 399, e inscrito en el Colegio de Ingenieros del Estado Mérida, bajo el Nº 131.337 civilmente hábil y expuso: Por cuanto tengo conocimiento del cargo recaído en mi persona acepto el mismo y en consecuencia presto el juramento de Ley correspondiente. En este Estado el Tribunal Juramento con las Formalidades de Ley al Perito Avaluador compareciente. En ese mismo orden, el juramentado solicito al Tribunal, le conceda quince (15) días hábiles de despacho siguientes en que consté en auto la cancelación del avaluó en cual esta estimado en la cantidad de UN MIL BOLÍVARES FUERTES (BSF. 1.000,00), y le suministro mi numero telefónico 0416-1394936. Es todo. El Tribunal visto el pedimento anterior concede lo solicitado. Es todo, termino se leyó y contorne firman.------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,



ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON

PERITO AVALUADOR


JOSE WILLIAM BOLIVAR LIZCANO

EL SECRETARIO,



ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA

MUR/yo.-
Sol. Nº 2.953.-