JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, cinco de mayo de dos mil nueve.
199º y 150º
Por cuanto el Tribunal observa que la apelación realizada por el Abogado Genaro Pereira en su condición de Apoderado de la parte demandada, fue realizada en el lapso legal para ello, es por lo que el Tribunal la ADMITE en ambos efectos, y ordena remitir el presente expediente al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, a quien corresponda por distribución a los fines de que conozca de la apelación interpuesta. Désele salida junto con oficio.
LA JUEZA,
ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.
LA SECRETARIA,
ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se remitió con oficio Nº 2710-
LA SECRETARIA,