En el día de hoy veintisiete de mayo de dos mil nueve, siendo las diez y treinta minutos de la mañana, habiendo salido el Juzgado de su sede a las diez de la mañana, se trasladó y constituyó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida previa solicitud de la parte actora, en el estacionamiento del Conjunto Residencial “Serranía Casa Club”, ubicado en el sector La Mata, Parroquia JJ Osuna Rodríguez, Municipio Libertador del Estado Mérida; con la finalidad de dar cumplimiento a la práctica de la medida de Embargo Preventivo decretado por el Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada Y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, signada la comisión por este Juzgado bajo el N° 2648-2009. Demandante: Carlos Arturo Sánchez; Demandado: Luis Alfonso Camarillo Durango; Motivo: Cobro de Bolívares (Intimación). Están presentes el demandante ciudadano Carlos Arturo Sánchez, titular de la cédula de identidad N° V- 8.049.660, la abogada asistente Zenaida Vega, titular de la cédula de identidad N° V- 4.260.617, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.220, quien solicitó el derecho de palabra y con el derecho concedido expuso: “Solicito al Juzgado se abstenga de practicar la presente medida de embargo preventivo por cuanto no conozco con exactitud el lugar donde se encuentran bienes del demandado y solicito mantenga la comisión en este Juzgado ejecutor al que solicitaré el nuevo traslado.” Seguidamente, visto lo solicitado por la parte demandante, este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se abstiene de practicar la presente medida de embargo preventivo para el cual fue comisionado y ordena se mantenga la comisión en el Juzgado. Se deja constancia de que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales no recaudando tasa, ni arancel alguno en este acto dada la gratuidad de la Justicia. Terminó, se leyó y conformes con lo explanado en esta acta firman, regresando el Juzgado a su sede a las once y diez minutos de la mañana. La Jueza Temporal (Fdo) Abg. Mireya Flores Flores. El demandante (Fdo) Carlos Arturo Sánchez. La abogada asistente del demandante (Fdo) Abg. Zenaida Vega. El secretario (Fdo) Abg. Jesús Alfonso Quintero R.