TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 01. Mérida, dieciséis (16) de noviembre del año dos mil nueve.

199º y 150º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: BRENDA CAROLINA ALTUVE BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-15.756.413, Camarera, residenciada en la Urb. Villa Esperanza, Torre “A”, Apto. 1-4, Manzano Bajo, Municipio Campo Elías, Estado Mérida, e IMER JONATHAN ARCENTALES LOPEZ, venezolano, mayor de edad, casado, Técnico en Puertas Automáticas, titular de la cédula de identidad Nº V-14.163.296, residenciado en la Urb. Alfredo Lara, Vereda 13, N° 4, Ejido, Estado Mérida, en su condición de padres de los ciudadanos niños OMITIR NOMBRES, de ocho (08) y seis (06) años de edad, respectivamente, por ante la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, representada por el Abogado ADRIAN ENRIQUE GELVES OSORIO, en su carácter de Fiscal Principal, mediante Acta S/Nº, de fecha veinticinco (25) de agosto del dos mil nueve; quienes conciliaron en relación al régimen de convivencia familiar a favor de los niños OMITIR NOMBRES, en los siguientes acuerdos: PRIMERO: El ciudadano IMER JONATHAN ARCENTALES LOPEZ, se compromete en buscar a sus hijos OMITIR NOMBRES, todos los días en la escuela donde estudian al terminar la jornada de estudio y llevárselos a su casa donde pernotarán con el. SEGUNDO: El ciudadano IMER JONATHAN ARCENTALES LOPEZ, se compromete en llevar a sus hijos OMITIR NOMBRES, todos los días a primera hora de la mañana a la residencia de la ciudadana BRENDA CAROLINA ALTUVE BRICEÑO. TERCERO: Los niños OMITIR NOMBRES, compartirán los fines de semana, cada quince (15) días con cada uno de sus progenitores de modo alternativo. CUARTO: Los días feriados y demás asuetos los niños OMITIR NOMBRES, los compartirán con cada uno de sus progenitores de modo alternativo. QUINTO: Los periodos vacacionales (escolar y decembrino) los niños OMITIR NOMBRES, los compartirán con cada uno de sus progenitores de modo equitativo, es decir 50% del tiempo.------------------------------------------------------------------------------------------
Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños OMITIR NOMBRES, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: BRENDA CAROLINA ALTUVE BRICEÑO e IMER JONATHAN ARCENTALES LOPEZ, plenamente identificados en autos, en beneficio de los niños OMITIR NOMBRES, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 22490 de Homologación Régimen de Convivencia Familiar. CÚMPLASE.

JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 01



ABG. CONSUELO DEL CARMEN TORO DAVILA



SECRETARIA TITULAR



ABG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.



La Sría.

Wasc/22490.