REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, dieciocho de noviembre del año dos mil nueve.

199° y 150°

Vista la diligencia que corre agregada al folio 77 del presente expediente, de fecha 04 de noviembre del año en curso, suscrita por la ciudadana FELIPA SOSA parte co-demandada en el presente juicio, asistida por el abogado en ejercicio ALVARO ORLANDO MORENO VILLAMIZAR inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.289, mediante la cual solicita el desglose de los Documentos que corre insertos a los folios 4 al 16, 20 al 36 y 45 al 49 del presente expediente y en su defecto se deje copia fotostática certificada de los mismos, y por cuanto se observa que el desglose solicitado por la parte co-demandada relativa a los folios 4 al 16, 20 al 29, fueron producidos junto con el libelo, es decir, los mismos fueron aportados por la parte demandante y sólo pueden ser devueltos a la parte actora, en atención a lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, que establece “…Si se pidiere la devolución de documentos originales por la misma parte que los haya producido, se le entregarán, si hubiere pasado la oportunidad de su tacha o desconocimiento, quedando en autos la copia respectiva certificada por el Secretario, y en el documento se dejará constancia de la devolución.”. En tal sentido, niega por improcedente, al no ajustarse a derecho la devolución o desglose de los folios 4 al 16, 20 al 29 en virtud de que los mismos fueron aportados por la parte actora, en cuanto al desglose de los folios 30 al 36, 45, 47 al 49; se abstiene de desglosarlos, ya que se tratan de actuaciones de este Tribunal, y en relación al folio 46; se abstiene de desglosarlo; ya que se trata de copia simple consignada en el presente expediente.

LA JUEZ TITULAR,

ABG. YOLIVEY FLORES MUÑOZ.

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. LUZMINY DE JESÙS QUINTERO RIVAS.


YFM/LJQR/mlbp.