REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 23 de Noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : LJ01-P-2000-000083
ASUNTO : LK01-X-2009-000113


PONENTE: GENARINO BUITRIAGO ALVARADO


Vista la inhibición planteada por la Abogado MARIANINA DEL VALLE BRAZON SOSA Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 05 de este Circuito Judicial Penal, de conocer en la causa N° LJ01-P-2000-000083, instruida contra: EDDY ANTONIO BRICEÑO, en razón a que, conforme expone:

“ … De conformidad con el artículo 86 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, me inhibo de conocer de las actuaciones N° LJ01-P-2000-000083, debido a que al efectuar la revisión de la causa, me percaté que conocí de la misma cuando representaba el tribunal de control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, lo que significa que he emitido opinión en la causa con conocimiento de ella, y en fecha doce de enero de dos mil siete (12.01.2007), ordené realizar compulsa para que continuara el proceso en la fase de juicio en relación al imputado Ely Antonio Briceño, por consiguiente reitero mi inhibición conforme a lo estipulado en el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal. Solicito muy respetuosamente a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, declare con lugar la inhibición planteada…”.

Visto los argumentos expuestos por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 05 de éste Circuito Judicial Penal, está ajustada a derecho, pues la misma pudiera comprometer su imparcialidad en caso de llegar a continuar conociendo la causa en cuestión, por lo que la presente inhibición debe ser declarada con lugar.

Por los razonamientos expuestos, esa Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogado MARIANINA DEL VALLE BRAZON SOSA Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 05 de este Circuito Judicial Penal, conforme a la causal prevista en el artículo 86 numeral 7°, del Código Orgánico Procesal Penal.

Cópiese, publíquese, compúlsese y remítase el presente cuaderno al Tribunal de Juicio N° 03 de este Circuito, donde actualmente curse la causa principal, e igualmente remítase copia certificada de esta decisión al Tribunal de origen, a los fines de verificar la misma. Cúmplase.


LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES,


DR. GENARINO BUITRIAGO ALVARADO
PRESIDENTE ACCIDENTAL- PONENTE


DRA. MARIANELA MARIN ESTRADA



DR. ALFREDO TREJO GUERRERO

LA SECRETARIA,


ABG. YEGNIN JOHRLADYS TORRES ROSARIO

En fecha 23/11/09 se copió, se publicó, se compulsó y se remitió la causa anexa a oficio N° LG01OFO2009001626. Va constante de -19- folios útiles. Se remite copia certificada de la presente decisión al juez inhibido anexa a oficio N° LG01OFO2009001625

LA SECRETARIA

GBA/Mireya