REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de noviembre de dos mil nueve.
199º y 150º
Visto el contenido del oficio de fecha 02 de noviembre de 2.009, signado con el N° 0480-456-09, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y recibido por este Tribunal en fecha 10 de noviembre de 2.009, por medio del cual solicita le sea remitida copia certificada del auto de fecha 21 de octubre de 2.009, mediante el cual este Juzgado ordenó certificar por Secretaría copias de las actuaciones que integran el presente expediente, a los fines de la resolución de la incidencia cuyo conocimiento fuera deferido a esa Superioridad, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado y ordena expedir por Secretaria copia certificada del auto de fecha 21 de octubre de 2.009 (folio 234), mediante el cual se ordenó certificar por Secretaría copias de las actuaciones que integran el presente expediente, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Vigente, e insértese al pie de la certificación el presente auto hecho lo cual remítanse mediante oficio a dicho Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que conozca y decida la regulación de competencia propuesta por el abogado en ejercicio JUSTINO FRANCISCO ARDILA, en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria dictada por esta instancia judicial en fecha 1º de octubre de 2.009.- Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se ofició al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con el N° 957-2.009. Conste,
LA SECRETARIA,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/lvpr.-