REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Doce de Noviembre del Dos Mil Nueve.-

199º y 150º

Por recibida la anterior solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda darle entrada, formar actuaciones y el curso de Ley correspondiente; y Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante APOLONIO CHACON CHACON, quien falleció ab- intestato el día 12 de Agosto del 2009, quien para el momento de su fallecimiento era venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 697.885, según se evidencia en el Acta de Defunción No. 931, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Domingo Peña del Municipio Libertador del Estado Merida, presentada por el ciudadano: HUMBERTO JOSE CHACON MENDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. 10.719.561, domiciliado en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida, y hábil; e su propio nombre y en representación de los ciudadanos MARIA ISABEL MENDEZ DE CHACON, FREDDY JAVIER CHACON MENDEZ, JHONY JAVILLE CHACON MENDEZ, DARCY YULAY CHACON DE PEÑA, COROMOTO DEL CARMEN CHACON DE CHACON, ISABEL TERESA CHACON MENDEZ y JACKELINE CHACON MENDEZ, venezolanos mayores de edad, viuda la primera, casados los cuatro siguientes y solteras las dos ultimas, de este domicilio y habiles; debidamente asistido por el abogado JOSE JESUS GUILLEN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y hábil, titular de la cédula de identidad N° 8.006.508, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.986; para que sean declarados, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ya citado causante. El Tribunal ADMITE dicha solicitud, cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria a la Ley, a las buenas costumbres y al orden público y además porque este Juzgado es competente por razón del Territorio, la cuantía y la materia, por atribución asignada en la resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, publicada en gaceta oficial el 02 de Abril del año en curso. En consecuencia, se exhorta al solicitante para que indique los nombres de los testigos a fin de fijar día y hora para que rindan sus correspondientes declaraciones sobre los particulares que obran insertos al vuelto del folio uno (01) y al folio dos (02) del presente expediente.
LA JUEZA



ABG./POL. FRANCINA M. RODULFO A.
LA SECRETARIA:

ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se formó solicitud, se le dio entrada bajo el N° ____________.

LA SECRETARIA: