REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Dieciocho de Noviembre de Dos Mil Nueve.-
199º y 150º
Por recibida la anterior solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda darle entrada, formar actuaciones y el curso de Ley correspondiente y vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante LUIS ARTURO GUERRERO, quien falleció ab-intestato el día 25 de Septiembre de 2009 y quien para el momento de su fallecimiento era venezolano, mayor de edad, casado, Técnico Electromecánico, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.294.513, según se evidencia del Acta de Defunción No. 1.124, expedida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña Municipio Libertador del Estado Mérida, presentada por los ciudadanos ELVIRA RONDON DE GUERRERO, GLADYS MARITZA GUERRERO DE HUNGSBERG, MARIA AUXILIADORA GUERRERO RONDON, CARLOS ARTURO GUERRERO RONDON, HEIDY YADIRA GUERRERO MARQUEZ y LUIS JAVIER GUERRERO RONDON, venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad Nro. 5.199.504, 8.040.684, 8.048.126, 11.466.451, 12.778.153 y 16.201.820, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Mérida Estado Mérida, asistidos en este acto por la abogada LAURA FATIMA GUTIERREZ RONDON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 137.851, de este domicilio y hábil, para que sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ya citado causante. El Tribunal ADMITE dicha solicitud, por cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria a la Ley, a las buenas costumbres, al orden público y además porque este Juzgado es competente por razón del Territorio, la cuantía y la materia, por atribución asignada en la resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, publicada en gaceta oficial el 02 de Abril del año en curso.- En consecuencia, se exhorta al solicitante, indicar los nombres de los testigos que tenga a bien presentar, a los fines de fijarle día y hora para que rindan sus correspondientes declaraciones.
LA JUEZ,

DRA. FRANCINA M. RODULFO A.
LA SECRETARIA:

ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se formó solicitud, se le dio entrada bajo el N° ____________.
LA SECRETARIA: