REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MRIDA. Mérida, dos de Noviembre de dos mil nueve.
199° y 150°
Por cuanto el Tribunal al revisar el acta de Secuestro del inmueble objeto del presente litigio, levantada por el Juzgado Primero Ejecutor de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, observa que la ciudadana MARIA BERTHA ARIAS, en su condición de demandada, identificada en los autos, se dio por notificada de la constitución y misión del Juzgado antes mencionado, y consignó los depósitos de los cánones de arrendamiento y en ese mismo acto, el Apoderado Actor, expone: “ En virtud de que la demandada ciudadana María Bertha Arias ha consignado bauches según los cuales ha efectuado depósitos por ante el banco Federal que presuntamente corresponden a los pagos de los meses de marzo, abril, mayo, junio y julio 2009, que son las mensualidades cuyo pago se demanda, situación ésta que en todo caso debe ser debidamente clarificada por el Tribunal …” En atención a lo antes expuesto, es por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 401 del Código de Procedimiento Civil, se dicta el presente auto para mejor proveer y ordena la práctica de las siguientes diligencias: de acuerdo al numeral 1º. Hacer comparecer a cualquiera de los litigantes… Este Tribunal ordena la citación del Abogado Arturo Contreras Suárez, en su condición de Apoderado de la parte Actora, y de conformidad con el numeral 3º La comparecencia de algún testigo… Se ordena la citación de la ciudadana Olinda Dávila Ovalle para que comparezca por ante este Tribunal en el TERCER día de despacho siguiente al día de hoy, a las DIEZ de la mañana a los fines de que respondan a tenor de lo que les será interrogado. Líbrese boletas de citación.-
LA JUEZA,
ABG/PLTGA.. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.
LA SECRETARIA:
ABG. SUSANA E. PARRA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
LA SRIA,