REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Dos de Noviembre de dos mil nueve.-
199º y 150º
Vistas las pruebas que fueron promovidas por el abogado JOSE GREGORIO CADENAS, en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano SIMON ENRIQUE AZUAJE GARCIA, parte demandante en el presente juicio, es por lo que se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en Derecho, salvo su apreciación en la definitiva, ordenándose su evacuación. En consecuencia de conformidad con la prueba TESTIMONIAL, se fija para el primer día de despacho siguiente al día de hoy, para que los ciudadanos ANTONIO JOSE SANCHEZ SANTIAGO, CESAR AUGUSTO CARRILLO ROJAS Y JULIO CESAR FEBRES CORDERO, sean presentados por ante este Tribunal, por la parte promovente, a las NUEVE, NUEVE Y TREINTA Y DIEZ de la mañana, respectivamente y rindan sus correspondientes declaraciones. En cuanto a la prueba de INFORMES, se ordena oficiar a la Junta de Condominio de las Residencias El Parque de esta ciudad de Mérida y al Departamento de Inquilinato de la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Mérida, en los términos en que fue solicitado en el escrito de pruebas.
LA JUEZ.
ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA
ABG. SUSANA EVELIA PARRA
En la misma fecha se ofició bajo el Nro. 2710-_____ a la Junta de Condominio de las Residencias El Parque de esta ciudad de Mérida y bajo el Nro. 2710.------al Departamento de Inquilinato de la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Mérida
LA SECRETARIA