REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Cinco de Noviembre de dos mil nueve.

199º y 150º
Por recibido la anterior solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se ordena formar ACTUACIONES, darle entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante EDGAR EDUARDO MARTINEZ MONSALVE, quien falleció en la ciudad de Mérida, el día 04 DE Julio de 2009 y quien para el momento de su fallecimiento, era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.796.868, segùn se evidencia en el Acta de Defunción expedida por la Registradora Civil de la Parroquia Domingo Peña, del Municipio Libertador del Estado Mèrida, presentada por las ciudadanas EDGAR MARTINEZ URIBE Y ROSA DEL CARMEN MONSALVE BALZA, asistido del abogado LUIS ENRIQUE MALDONADO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 50.933, de este domicilio y hábil, en la cual solicitan que sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a su persona y a la ciudadana ROSA DEL CARMEN MONSALVE BALZA, del ya citado causante, es por lo que este Tribunal ADMITE dicha solicitud, cuanto ha lugar en Derecho, por no ser contraria a la Ley, a las buenas costumbres y al orden público y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio, la materia y la cuantía, por atribución asignada en la Resolución Nro. 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en gaceta oficial el 02 de Abril del presente año. En consecuencia por auto separado se resolverá lo conducente.
LA JUEZ


ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA,


ABG. SUSANA EVELIA PARRA
En la misma fecha se formaron actuaciones y se le dio entrada bajo el N° ___
LA SECRETARIA