…En horas de Despacho del día de hoy, Martes tres (03) de Noviembre de Dos Mil Nueve,(2.009), siendo las ocho y treinta de la mañana, oportunidad fijada por el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, para practicar la medida de Embargo preventivo librada por el Juzgado de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio Cesar Salas de esta circunscripción judicial del Estado Mèrida, con sede en Nueva Bolivia, constituido el Tribunal en su sede, en la Carretera Panamericana, Edificio La Chertoza, Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero, Estado Mérida, se hizo presente la ciudadana Carmen Esneira Chourio, titular de la cedula de identidad Nª .V-3.415.274, asistida de su Abogada Delfina Hernández, titular de la cédula de identidad Nª: 4.489.856, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.710.-Demandante en la presente causa. Y expuso: Con todo respeto solicito al Tribunal Ejecutor de Medidas, suspenda para las dos de la tarde la practica de la presente medida con el fin de dar tiempo a que se presente el depositario Judicial que va ser juramentado en este acto así como también la localización del bien que va ser objeto de la medida, Igualmente solicito la habilitación del tiempo necesario para la práctica de dicha medida, es todo. Vista la solicitud de la parte demandante este Tribunal acuerda suspender la práctica de la presente medida hasta las dos de la tarde, para dar tiempo a que se haga presente la Depositaria Judicial respectiva. …Siendo las Dos de la tarde hora fijada para continuar la ejecución de la presente medida de Embargo Preventivo, se hace presente la ciudadana Carmen Esneira Chourio, asistida de su abogada Delfina Hernández, plenamente identificadas en autos quien expone: Por cuanto ha sido imposible localizar el bien objeto sobre el cual se practicará la presente medida, y por cuanto se ha hecho imposible el traslado de la Depositaria Judicial a esta Circunscripción Judicial; solicito al Tribunal muy respetuosamente suspenda la ejecución de la medida de Embargo Preventivo para el día Jueves Cinco (5) de Noviembre del corriente año. Es todo. En este estado este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero Y Julio Cesar Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, acuerda suspender la práctica de la presente medida de embargo preventivo para el día cinco (5) del presente mes y año, para las nueve y treinta de la mañana. Ofíciese a la Comisaría Policial de Nueva Bolivia. Y Depositaria Judicial “El Vigía C,A.” Es todo. Siendo las dos y cincuenta y cuatro de la tarde.- Termino se leyó y conformes firman.-

La Jueza Titular

Abg. Maria Ysabel Acevedo M.



La Abogada Asistente,
Abg. Delfina Hernandez
La Demandante,

Carmen Esneira Chourio
La Secretaria,

Abog. Carmen M. Cedeño Ruiz.