REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, veintitrés (23) de octubre del año dos mil nueve.-------------------------------------------------------------------------------------------------

198° y 149°

Vista la diligencia que obra inserta al folio 61 del presente expediente, de fecha 20 de octubre del presente año, suscrita por el Abogado ALFREDO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.068, el cual manifestó al Tribunal su voluntad de desistir del presente procedimiento. En consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el solicitante no podrá proponer otra solicitud antes que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266 ejusdem, por lo que se ordena el cierre y archivo del presente expediente Nº 5090. MOTIVO: DESALOJO DE VIVIENDA Y PAGO DE CANONES INSOLUTOS. DEMANDANTE: NAVA VIUDA DE MÁRQUEZ MIRIAN. DEMANDADO: MANRIQUE MORA HIDELFONSO. Procedencia: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, El Vigía. Fecha de Entrada: 03-03-2009, por cuanto las causas que motivaron dicha solicitud han cesado. CÚMPLASE.-----------------

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA.

LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. NAYARIB MONSALVE U
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sria.
Exp. Nº 5090