REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 19 de Octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-002844
ASUNTO : LP01-P-2005-002844

Visto el escrito presentado por la Abogada Belén Ramírez, defensora pública del ciudadano Jairo José Hernández, mediante el cual solicita la actualización del computo de pena, a los fines de constatare el tiempo de pena cumplida y el remanente de pena que le falta por cumplir, incluyendo las redenciones de penas realizadas, determinándose la fecha de cumplimiento de pena, el Tribunal resuelve tomando en cuenta se procede las siguientes: consideraciones

El penado de autos, ciudadano Jairo José Hernández, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No V- 14.286.120, quien fuera condenado en ésta causa a cumplir la pena de ocho (08) años de presidio, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de Robo Agravado, efectivamente hasta la fecha actual ha cumplido con más de las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, puesto que resultó detenido en fecha 20 de marzo de 2005, permaneciendo así hasta el día de hoy inclusive (19-10-09), es decir, por al lapso de cuatro (04) años, cinco (05) meses y veintinueve (29) días.

A ello se le suma las cuatro (04) redenciones de pena por trabajo y/o estudio a las que ha sido sometido el ciudadano Jairo José Hernández en fechas: 1.- 07 de marzo de 2007: once (11) meses y once (11) días de presidio; 2.- 04 de diciembre de 2007: cuatro (04) meses, seis (06) días y doce (12) horas de presidio; 3.- 05 de agosto de 2007: tres (03) meses y veintinueve (29) días de presidio y 4.- 25 de marzo de 2009: tres (03) meses, veintiún (21) días y doce (12) horas de presidio.

Todo lo anterior arroja un total de pena cumplida equivalente a: Seis (06) Años Cuatro (4) Meses y Siete (07) Días de Presidio, lo cual quiere decir que ciertamente el penado Jairo José Hernández le resta por cumplir Un año, Siete Meses y Veintitrés días, y de acuerdo a este análisis tiene fecha de cumplimiento de pena en fecha 12-06-2011


En virtud de lo anterior, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, actualiza el cómputo de la pena cumplida por el ciudadano Jairo José Hernández, en los términos supra indicados.

Así se decide, cúmplase, notifíquese a las partes y al penado, y remítase copia certificada de éste auto a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina, al penado y a la defensa. Cúmplase.



Así se decide, cúmplase, notifíquese y ofíciese lo conducente.



JUEZ DE EJECUCIÓN No 03

ABOG. MARIANELA MARIN ESTRADA



LA SECRETARIA


ABOG. CLAUDY DAVILA RODRIGUEZ


Se libraron boletas de notificación Nos ________________________ y oficios Nos _______________________, dándole cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria