REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, catorce de octubre de dos mil nueve.

199º y 199º


Vencido como se encuentra el lapso a que se contrae el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, sin que la parte actora haya solicitado dentro del mismo la regulación de la competencia, este Tribunal declara firme la sentencia interlocutoria dictada por esta instancia judicial en fecha 1º de octubre de 2009, que obra inserta del folio 62 al 74 del presente expediente, y en consecuencia ordena remitir original el presente expediente al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE EL VIGIA, al cual este Tribunal ha deferido la competencia para conocer de esta causa. Désele salida y remítase mediante oficio.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO



LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO


En la misma fecha se le dio salida en el libro respectivo y se remitió original expediente al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE EL VIGIA, en una (01) pieza, constante de 76 folios, anexo al oficio Nº 860-2009. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

ACZ/SQQ/yp.-