REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS 
 
LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA 
 
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
 
Mérida, trece de Octubre de 2009
 
 
      199°        y          150°
 
 
 
Por cuanto el Tribunal observa que los ciudadanos EVELIN DEL VALLE SANCHEZ PÉREZ, JANY YARUBI SANCHEZ PEREZ, JEAMMAR JOSE SANCHEZ, HECTOR ELIGIO SANCHEZ DAVILA, LIGIA COROMOTO SANCHEZ TREJO Y LIGIA ELENA SANCHEZ ORDOÑEZ, fueron legalmente citados tal y como consta en los autos e igualmente comparecieron por ante este Tribunal reconocieron en su contenido y firma el documento que obra a los folios dos y tres de la presente solicitud, a excepción del ciudadano JEAMMAR JOSE SANCHEZ, no obstante de habérsele citado y a su vez fijarle día y hora para que reconociera o no en su contenido y firma el documento. Visto que el Solicitante ciudadano MARCIAL SANCHEZ GIL asistido por el Abogado Jairo Venancio Rangel Muñoz insiste en que se declare reconocido el documento que obra a los autos, es por lo que este Juzgado de conformidad con lo establecido en el articulo 1364 del CODIGO CIVIL, en concordancia con los artículos 444 y 899 del Código de Procedimiento Civil, declara RECONOCIDO, el instrumento privado de fecha 15 de Abril de 2000, el cual se refiere a la VENTA de un terreno, y que obra inserto a los folios dos y tres de las presentes actuaciones, quedando a salvo las acciones y excepciones que le correspondan, de conformidad con el articulo 1367 del CODIGO CIVIL.
 
LA JUEZA TITULAR:
 
 
 
 
ABG/PLTGA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
 
 
LA SECRETARIA
 
 
ABG. SUSANA EVELIA PARRA
 
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
 
LA SECRETARIA
 
 
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