REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS
LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
Mérida, Catorce (14) de Octubre de 2009
199° y 150°
Por cuanto el Tribunal observa que el ciudadano JOSE GONZALO RODRIGUEZ R., fue legalmente citado como consta en el folio 06, de fecha Siete de Octubre del año en curso, es por lo que este Juzgado de conformidad con lo establecido en el articulo 1364 del CODIGO CIVIL, en concordancia con los artículos 444 y 899 del Código de Procedimiento Civil, declara RECONOCIDO, el instrumento privado de fecha 29 de Julio de 1990, el cual se refiere a la VENTA de una obra de arte tallada en madera de cedro, y que obra inserto al folio Tres (03) de las presentes actuaciones, quedando a salvo las acciones y excepciones que le correspondan, de conformidad con el articulo 1367 del CODIGO CIVIL.
LA JUEZA TITULAR:
ABG/PLTGA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA
ABG. SUSANA EVELIA PARRA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
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