En horas de despacho del día de hoy miércoles Veintiocho de Octubre de Dos mil nueve (28-10-2009) siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a cargo del suscrito Juez Temporal, Abogado Jhonny Carmelo Dugarte Contreras, el Secretarío Titular Abogado Gabriel Andrés De Armas B, y el Alguacil Titular Hílber Valladares, en el sector el llano de San Juan, calle principal, Parroquia San Juan Lagunillas e Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Merida; a fin de practicar la MEDIDA DE SECUESTRO decretada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, según expediente civil N° 2009-499 DEMANDANTE: GUSTAVO DAVILA, DEMANDADO: MANUEL VERA COLMENARES MOTIVO: EJECUCION DE PRENDA. Seguidamente se encuentra presente el ciudadano Abogado: CESAR ENRIQUE MARTINEZ MARRERO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.386.754, Inpreabogado N° 111.233, quien funge como Apoderado judicial de la parte Demandante Gustavo Davila quien solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: Solicito al tribunal se sirva practicar la medida de secuestro para la cual ha sido comisionado por el tribunal de la causa sobre un vehiculo cuyas características son las siguientes: SERIAL DE CARROCERIA: C1734BC114395, MARCA: CHEVROLET, AÑO 72; COLOR: ROJO; MODELO: C-10; TIPO: PICK- UP . PLACAS: 952UAG. USO: CARGA, CLASE: CAMIONETA. SERIAL DE MOTOR: V052267HC, según se evidencia de certificado de Registro de Vehiculos Nº 2955203- C1734BC114395 de fecha 21 de Junio de 1.999 emitido por el servicio autónomo de Transporte y Transito Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, además se nombre y juramente al perito avaluador que va a constatar las características del vehículo e igualmente se nombre y juramente al depositario que va a tener a su cargo la vigilancia y protección y cuidados como un buen padre de familia de dicho vehículo. Acompaña a este Tribunal por razones de seguridad el AGENTE PM. N º 317 DANY ALTUVE, titular de la cédula de identidad N° V-16.656.285, y la AGENTE Nº 164 KATY ALTUVE, titular de la cédula de identidad N° 15.517.016, adscritos a la Sub-Comisaría Policial N° 05 de Lagunillas, Municipio Sucre. Este tribunal deja expresa constancia que el ciudadano Manuel Vera Colmenares identificado en la comisión, parte demandada no se encuentra presente en este acto acordándosele el lapso de una hora para que haga acto de presencia y sea asistido de abogado en virtud de garantizarle el derecho a la defensa consagrado en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Siendo las Once y media de la mañana y no estando presente la parte demandada sin que esto signifique impedimento para la continuación del acto este tribunal procedió a Nombrar y Juramentar como Perito Avaluador a el ciudadana JEANNET LOURDES DAVILA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.710.752, soltera e inscrita en ASAPROVE, Nº de avaluador 1233, quien acepto el cargo y juro cumplir los deberes inherentes a su cargo y quien solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Se constato que el Vehiculo objeto de la presente inspección coincide con las características señaladas en el documento de propiedad y las mismas son: SERIAL DE CARROCERIA: C1734BC114395, MARCA: CHEVROLET, AÑO 72; COLOR: ROJO; MODELO: C-10; TIPO: PICK- UP . PLACAS: 952UAG. USO: CARGA, CLASE: CAMIONETA. En cuanto al serial del motor fue imposible verificarlo por cuanto el mismo se encuentra muy cubierto de polvo y grasa, se deja constancia que dicho vehiculo no tiene el vidrio frontal ni los laterales, no tiene focos delanteros, la parte de la guantera y suichera se encuentran en mal estado y las puertas están desprendidas del vehiculo, se concluyo que el vehiculo se encuentra en estado de deterioro” es todo. Acto Seguido el tribunal procedió a nombrar y juramentar como: DEPOSITARIO al ciudadano Abogado CARLOS ELADIO PEÑA ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.024.740, inpreabogado Nº 42.298 en su carácter de apoderado judicial de la parte actora quien acepto el cargo y juro cumplir fiel y honradamente con los deberes inherentes al cargo. Este Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Acuerda: 1) Declarar formal y solemnemente Secuestrado el Vehículo (antes descrito) y objeto de la presente medida. 2) Hacer entrega del vehículo antes descrito al ciudadano: Abogado CARLOS ELADIO PEÑA ZERPA en su condición de Depositario. 3) Remitir las actuaciones de la presente comisión al tribunal de la causa. Es todo. Acto seguido el ciudadano: CARLOS ELADIO PEÑA ZERPA, recibe el vehículo antes descrito en las condiciones descritas por el Perito Avaluador y quién lo ubicara en la siguiente dirección: Sector el corozo, vía Jají, parroquia San Juan, Municipio Sucre del Estado Mérida quién puede ser ubicado a través del siguiente numero telefónico 04247076596. Este tribunal deja constancia, de que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y que por esta actuación no se cobro tasa, arancel ni emolumento alguno, dada la gratuidad de la justicia de acuerdo a lo establecido en el artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se procedió a dar lectura al acta y no habiendo objeciones a la misma se procedió a firmar y cerrar el acto, el Tribunal ordena el regreso a su sede natural siendo las Doce y Quince minutos de la mañana (12:15 m). Es todo, se leyó y conforme firman: EL JUEZ. ABG. JHONNY C. DUGARTE CONTRERAS. EL SECRETARIO: GABRIEL DE ARMAS. EL ALGUACIL: HÍLBER VALLADARES. POR LA SEGURIDAD DEL TRIBUNAL AGENTE PM. Nº 317 DANY ALTUVE ,AGENTENº 651 KATY ALTUVE. PARTE DEMANDANTE: GUSTAVO DAVILA. APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: ABOGADO CESAR ENRIQUE MARTINEZ MARRERO. PERITO AVALUADOR: JEANNET LOURDES DAVILA. DEPOSITARIO: ABOGADO CARLOS ELADIO PEÑA ZERPA.


EL JUEZ. ABG. JHONNY C. DUGARTE CONTRERAS

POR LA SEGURIDAD DEL TRIBUNAL AGENTE PM. N º 317 DANY ALTUVE, AGENTE Nº 164 KATY ALTUVE

APODERADO JUDICIAL DE LAPARTE DEMANDANTE: CESAR ENRIQUE MARTINEZ

PERITO AVALUADOR: JEANNET LOURDES DAVILA.

DEPOSITARIO: CARLOS ELADIO PEÑA ZERPA.

EL SECRETARIO TITULAR ABOGADO GABRIEL ANDRES DE ARMAS B.

EL ALGUACIL: HILBER VALLADARES