REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-001182
ASUNTO : LP11-P-2006-001182
EJECÚTESE DE SENTENCIA. SOBRESEIMIENTO. ENTREGA DE VEHICULO.
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia por Sobreseimiento dictada por el Tribunal de Control N°- 04 de este Circuito Judicial penal del Estado Mérida, extensión el Vigía de fecha 26-09-2006, inserta a los folios del 17 al 18, a favor de los Ciudadanos DELGADO MACHADO JOSE DE JESUS, titular de la cédula de identidad Nº- 80.592.504, residenciado en Santa Bárbara del Zulia avenida 04, calle 12, casa Nº- 12-60 y DELGADO CONTRERAS WILSON, titular de la cédula de identidad Nº-12.492.535, residenciado en Santa Bárbara del Zulia avenida 04, calle 12, casa Nº- 12-60 y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. ----
PRIMERO: Se ORDENA la entrega del siguiente vehículo: --------------------------------------------
1.- Un Vehículo de las siguientes características: Clase Automóvil, Marca Nissan, Modelo Patrol, Año 1972, Placas SAH-646, Serial Carrocería FJ45214821, Serial de Motor 139113, Tipo Rustico, Uso Particular.-------------------------------------------------------------------------------------
Ahora bien como el vehículo antes señalado, para el momento del accidente era conducido por el ciudadano DELGADO MACHADO JOSE DE JESUS y como copiloto estaba el Ciudadano DELGADO CONTRERAS WILSON, no determinándose, el Propietario del vehículo, ya que no han sido consignados los documentos de propiedad, este Tribunal acuerda notificar mediante boleta a los ciudadanos antes mencionados, para que presenten los documentos de propiedad del vehículo si les pertenece y si no, por el contrario manifiesten a que persona pertenece el vehículo, para proceder a la entrega legal verificado los documentos de propiedad, debiendo acudir ante este Tribunal, una vez notificados, a la brevedad posible, momento para el cual se notificará al Representante legal del Estacionamiento El Vigía, para que proceda a la entrega del vehículo. Igualmente este Tribunal acuerda Solicitar al SETRA una certificación de datos del vehículo antes señalado---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Notifíquese a la Fiscal XXII del Ministerio Público, y a los Ciudadanos DELGADO MACHADO JOSE DE JESUS y DELGADO CONTRERAS WILSON, Se fundamenta la presente decisión en los artículos antes señalados y en los 2, 26, 115 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Cúmplase.---------------------------------
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01.
ABG. JESUS AQUILES FAJARDO.
LA SECRETARIA
ABG.