REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Dieciséis de Septiembre de dos mil nueve.
199º y 150º

Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, visto el libelo de la demanda presentada por el ciudadano ANITA CLAUDO LE BLEIS DE GARCIA, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº 2.869.088, de este domicilio y hábil; a través de su apoderados judiciales abogados PEDRO GERARDO BELANDRIA RODRIGUEZ y NORMAYRA VALERO MOLINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 141.410 y 58.095, titulares de las cedulas de identidad N°s 11.465.952 y 10.898.422, respectivamente. CONTRA: la Empresa Mercantil PROSEGUROS S.A., en la persona de su Gerente Regional de la Sucursal Mérida ciudadano ANTHONY PEDRIQUEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 16.604.442, domiciliada en Caracas, Distrito Capital; por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, o las buenas costumbres y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio y la cuantía, es por lo que se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, En consecuencia, se ordena la citación del demandado ANTHONY PEDRIQUEZ, antes identificado, para que comparezca por ante este Tribunal en el SEGUNDO día de despacho siguiente a que conste en autos su citación, en horas de despacho, a los fines de dar contestación a la demanda que hoy se providencia. Compúlsese el libelo de la demanda con su orden de comparecencia al pie de la misma, y anéxesele copia fotostática certificada del libelo de la demanda para que el Alguacil de este Juzgado practique la citación.
LA JUEZA,



ABOG./POLIT. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA

ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha, se formó expediente, se le dio entrada bajo el Nro. _______ se libró recaudos de citación.

LA SECRETARIA,