REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veinticuatro de septiembre del dos mil nueve.-
199º y 150º
Por recibida la anterior solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda darle entrada, formar actuaciones y el curso de Ley correspondiente y vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante UZCATEGUI DE PEREZ JOSEFINA DEL CARMEN, quien falleció ab- intestato el día 24 de Junio del 2009, quien para el momento de su fallecimiento era venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 679.059, según se evidencia en el Acta de Defunción No. 25, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Milla del Municipio Libertador del Estado Merida, presentada por los ciudadanos: PEREZ DE GUERRERO MARIA ESTHELA, PEREZ DE GUILLEN SORAYA JOSEFINA, PEREZ UZCATEGUI CARMEN DIANA, PEREZ DE MORA ROSALIA DE LAS MERCEDES, PEREZ UZCATEGUI LUIS FELIPE y PEREZ DE MARQUEZ REYNA VIRGINIA, venezolanos, mayores de edad, todos casados, a excepcion de la tercera y el quinto quienes son solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.002.304, 8.015.518, 8.025.004, 8.033.680, 9.473.301 y 9.479.602, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida, y hábiles; por medio de su Apoderada Judicial abogada LUISA FIDELINA GUTIERREZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y hábil, titular de la cédula de identidad N° 8.045.481, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 76.033 para que sean declarados, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ya citada causante. El Tribunal ADMITE dicha solicitud, cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria a la Ley, a las buenas costumbres y al orden público y además porque este Juzgado es competente por razón del Territorio, la cuantía y la materia, por atribución asignada en la resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, publicada en gaceta oficial el 02 de Abril del año en curso. En consecuencia, este Tribunal cita para el TERCER dia de despacho siguiente al de hoy, para que sean presentadas por la parte interesada las ciudadanas ANA LUISA FRANCO GARCIA y LOURDES COROMOTO URREA DE GUTIERREZ, a las NUEVE y NUEVE Y TREINTA de la mañana, respectivamente, a los fines que ratifiquen las declaraciones que rindieron por ante la NOTARIA PUBLICA TERCERA DEL ESTADO MERIDA.
LA JUEZA
ABG./POL. FRANCINA M. RODULFO A.
LA SECRETARIA:
ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se formó solicitud, se le dio entrada bajo el N° ____________.
LA SECRETARIA: