REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2007-000216

Por recibida solicitud de la penada YOJHANA DEL CARMEN SANGUINETTE PARODI, mediante el cual requiere a este Despacho Judicial le sea concedido permiso para visitar a su pareja DANIEL GIOVANY OLOYOLA GÓMEZ, quien se encuentra recluido en el pabellón N° 02 del Centro Penitenciario Región Andina; este Tribunal observa de la revisión de las actuaciones que conforman la causa, específicamente a los folios 551 y 552, auto fundado de fecha 10-08-2009 mediante el cual este Tribunal autorizó a la solicitante, conforme a los artículos 75 y 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ingresar al área de Cámara Reservada del mencionado Centro de reclusión, con su concubino DANIEL GIOVANY OLOYOLA GÓMEZ.Tal situación comporta que la penada de autos, mantenga comunicación directa con su pareja los días estipulados por las autoridades adscritas al Centro Penitenciario de la Región Andina, donde se encuentra recluido su concubino.En consecuencia, mal podría quien decide autorizar que la penada de autos, además de disponer del tiempo para compartir “Cámara Reservada” con su concubino DANIEL GIOVANY OLOYOLA GÓMEZ, igualmente disponga de otro tiempo para visitarlo, lo cual a todas luces conduciría a entorpecer alguna de las condiciones impuestas para el beneficio de Régimen Abierto, especialmente en el área laboral y educativa, así como las impuestas por el Delegado de Prueba. Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la penada YOJHANA DEL CARMEN SANGUINETTE PARODI, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 18.636.658, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacida en fecha 06-09-1.983, de 25 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, hija de Carlos Contreras (v) y de Vivian Sanguinete (v), actualmente gozando del Beneficio de Régimen Abierto, pernoctando en el Centro de Tratamiento Comunitario “Lic. Piedad Leonor Rodríguez” ubicado en el sector de La Vuelta de Lola, Mérida Estado Mérida; por cuanto en fecha 10-08-2009 este mismo Juzgado mediante Auto fundado la autorizó ingresar al área de Cámara Reservada del Centro Penitenciario de la Región Andina, con su concubino DANIEL GIOVANY OLOYOLA GÓMEZ, conforme a los artículos 75 y 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquense a la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público con Competencia en Ejecución de Sentencia, a la Defensa Pública abogada OLIVA VOLCANES y a la Penada. Así mismo, remítase mediante oficio, copia certificada de la presente decisión a la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario Lic. Piedad Leonor Rodríguez” Mérida Estado Mérida. Cúmplase.

JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 02

ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DÍAZ

SECRETARIO