REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA

199° Y 151°

EXPEDIENTE NRO. 7649

La presente causa ingresa a este Juzgado por demanda intentada por el ciudadano PUENTE VIELMA RAMON GONZALO, venezolano, mayor de edad, casado, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 2.459.336, debidamente asistido por el abogado LUIS FELIPE BASTARDO ZAMBRANO, titular de la cedula de identidad N° V.- 4.492.277, e inscrito en el IPSA bajo el Nro. 37.497. CONTRA: FADEL D. KUBEWAT Y OTRO, MOTIVO: EJECUCION DE HIPOTECA.----------------------
Ahora bien, la demanda fue admitida en fecha 19 de Febrero de 2.010 por este Juzgado, observándose que desde la fecha antes indiciada, hasta la presente fecha han transcurrido más 30 (30) días de inactividad procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, numeral primero, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VERNEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte actora, y una vez conste en autos su notificación comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. --------------------------------------------------------------------------------------------------
Notifíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.-----------------------------------
FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Trece de Abril del Dos Mil Diez.

LA JUEZA:



ABG. FRANCINA M. RODULFO ARRIA

LA SECRETARIA

ABG. SUSANA PARRA C.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, previa las formalidades de Ley, siendo las Once de la mañana. Se libró boleta de notificación.

LA SECRETARIA.