REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintiocho de abril de dos mil diez.-
200° y 151°
Vista la anterior diligencia suscrita por el Abogado MANUEL SALVADOR UZCATEGUI JIMENEZ, es por lo que el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado en la misma y por cuanto se observa que la parte demandada no dio cumplimiento voluntario al decreto firme de intimación dictado por este Juzgado en fecha en fecha 10 de noviembre de 2009, en el presente juicio, es por lo que se ordena su ejecución forzosa de conformidad con lo establecido en los artículos 527 del Código de Procedimiento Civil y vencido el lapso concedido a la parte demandada para el cumplimiento voluntario de la Sentencia, es por lo que se decreta MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, y para ello se ordena librar el correspondiente MANDAMIENTO DE EJECUCION a cualquier Tribunal de la República. En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta medida ejecutiva de embargo sobre bienes muebles e inmuebles que sean propiedad de la demandada, hasta cubrir la cantidad de OCHOCIENTOS UN MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES (BS. 801.625,00), suma ésta que comprende el doble de la cantidad convenida a pagar más las costas calculadas por el Tribunal en un treinta por ciento (30%), las cuales ascienden a la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO (Bs. 480.975,00) Con la advertencia que si el embargo recae sobre cantidad liquida de dinero éste solo deberá ejecutarse hasta cubrir la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS BOLIVARES. (Bs. 641.300), suma ésta que comprende la cantidad demandada, más las costas ya indicadas.
Líbrese el correspondiente Mandamiento de ejecución y entréguese al interesado.
LA JUEZA,
DRA. FRANCINA MARIA RODULFO
LA SECRETARIA.
ABG. SUSANA E. PARRA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA