REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Mérida, cinco (05) de Agosto de dos mil diez.

200º y 151 º

Asunto Nro.03977

SOLICITANTE: MARCELINA ROJAS DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.039.976
BENEFICIARIOS: OMITIR NOMBRES, de quince (15) y nueve (09) años de edad.
MOTIVO: Autorización Judicial

Vista la solicitud de fecha trece (13) de Mayo del año (2010), por la ciudadana MARCELINA ROJAS DURAN, debidamente asistida por la abogada ZENAIDA ZAMORA GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 111.951, en su carácter de madre y representante legal de sus hijos la adolescente y niño OMITIR NOMBRES, de quince (15) y nueve (09) años de edad; quien solicita LA AUTORIZACION JUDICIAL para proceder a cobrar por ante la Unidad Geriátrica “Dr. RICARDO SERGENT” (INASS), los diversos beneficios legales y contractuales tales como: Caja de Ahorros, Seguro de Vida, Prestaciones Sociales, Pensión de sobreviviente por ante el Seguro Social (IVSS), Compensación por Eficiencia y Productividad, Prima por Antigüedad, Prima de Transporte, Prima por Hijos, Seguro Social Obligatorio, Ley de Política Habitacional, Fondo de Jubilación y Pensión y Aporte para el Obrero Fondo de Ahorro y cualquier otro beneficio que les pueda corresponder a la adolescente y niño de autos por ante la referida Institución; así mismo solicita la autorización judicial para proceder a retirar el dinero por ante los Bancos; Banfoandes hoy Banco Bicentenario, N° 0334-700010085961, cuenta de ahorro, Provincial N° 0108-0067-64-0200357235 cuenta de ahorro y Venezuela, N° 0102-0354-64-01-00094124, donde han sido depositados cualquier beneficio como salarios, bonificación de fin de año, bonos bolivarianos y cualquier otro beneficio que se encuentren depositadas en la referidas cuentas y por cualquier otras Instituciones Públicas o Privadas y/o Ministerios, que les pueda corresponder a la prenombrada adolescente y niño derivados de la relación laboral, dejados por su legitimo padre el causante DIONICIO ZERPA RONDON, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.035.413, quien se desempeño como Vigilante (obrero fijo) en la Unidad Geriátrica “Dr. RICARDO SERGENT” (INASS).-------------------------------------------------------------------Correspondiéndole por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento del asunto, por lo que en fecha diecisiete (17) de Mayo de dos mil diez (2010), este Tribunal le dio entrada a la solicitud junto con los recaudos acompañados, por consiguiente pasa este Tribunal a decidir.----------------------------------------
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL SOLICITADA, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código Civil en concordancia con el Artículo 177, Parágrafo cuarto, literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. “Se deja a salvo los derechos de terceros” Resuelve: Autorizar suficientemente a la solicitante ciudadana MARCELINA ROJAS DURAN, para que en representación de sus hijos la adolescente y niño OMITIR NOMBRES, de quince (15) y nueve (09) años de edad; pueda tramitar y cobrar dichas cantidades de dinero del cual la mencionada adolescente y niño son beneficiarios. El Tribunal exhorta a las instituciones antes mencionadas a pagar los beneficios que les pueda corresponder y a elaborar Cheques de Gerencia por la cuota parte que les pueda corresponder a la prenombrada adolescente y niño, a nombre del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, a favor de la adolescente y niño: OMITIR NOMBRES, de quince (15) y nueve (09) años de edad, y remitirlos a este Despacho, para lo cual el Tribunal autoriza la entrega de los mismo a la ciudadana MARCELINA ROJAS DURAN, en su carácter de legítima madre y representante legal de la referida adolescente y niño, a objeto de que los consigne por ante este despacho, en un plazo no mayor de treinta (30) días después de realizada la operación. Entréguese por Secretaria copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.------------------------------------------------------
Regístrese y Publíquese.-----------------------------------------------------------------
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de Mérida, a los cinco (05) días del mes de Agosto de dos mil diez (2010).

LA JUEZA
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE

SECRETARIA TITULAR
ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
CTD/wasc