REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio.
Mérida, seis (06) de agosto de dos mil diez (2010).

200º y 151 º
ASUNTO Nro. 22932
SOLICITANTES: LIZ ANDREINA PABON DE SULBARAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.455.413 y JOSE GONZALO SULBARAN CALDERON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.663.543.
ABOGADO ASISTENTE: ROSA RINALDI CALI, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 62.818.
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Visto el escrito de Separación de Cuerpos y Bienes de fecha dos (02) de Marzo del año dos mil diez, el Juez después de haber hecho a los exponentes: LIZ ANDREINA PABON DE SULBARAN y JOSE GONZALO SULBARAN CALDERON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.455.413 y V-17.663.543, domiciliados en Mérida, Estado Mérida y hábiles, las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil Venezolano Vigente y el Artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia y como los exponentes dicen que es su propósito Separarse de Cuerpos y Bienes, declara consumada dicha separación y suspendida entre ellos la vida en común, quedando en Vigencia el Régimen Familiar y Económico que se ha impuesto. Expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la manifestación y del presente auto, para ser entregadas a cada uno de los interesados.- CUMPLASE.-
LA JUEZA
ABOG. MARÍA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRIA
LA SECRETARIA TITULAR

ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría
MIRDE/wasc