REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, trece de agosto de dos mil diez.
200º y 151º
Vista la diligencia que antecede de fecha 11 de agosto de 2010, que riela al folio 75 del presente expediente, suscrita por el abogado en ejercicio ELISEO MORENO, en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual dejó constancia de haber sufragado los emolumentos requeridos, ante el Alguacil para la practica de la citación de la parte demandada, este Tribunal visto que la parte actora cumplió con lo requerido, según el auto de fecha 30 de julio de 2010 (vuelto del folio 74), deja sin efecto los recaudos de citación librados en fecha 04 de mayo de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, según auto que obra al folio 61 del presente expediente, y en su lugar, acuerda librar nuevos recibos de citación, emplazando a los demandados, ciudadanos FRANK MANUEL BELANDRIA RODRÍGUEZ y JAVIER ANDRES VALERO BARBOZA, plenamente identificados en autos, para que comparezcan por ante este Juzgado dentro de los VEINTE DÍAS DE DESPACHO, siguientes a aquél en que conste en autos la última de las citaciones, en cualesquiera de las horas de despacho señaladas en la tablilla del Tribunal, a fin de que den contestación a la demanda que se providencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense RECIBOS de citación, anexándoseles copias certificadas del libelo de la demanda, con la orden de comparecencia al pie, y entréguense al Alguacil de este Juzgado para que los haga efectivos. Certifíquense por auto separado copias del libelo de demanda.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se libró los recibos de citación con sus respectivas compulsas a los co-demandados de autos, y se entregaron al Alguacil de este Tribunal para que los haga efectivos. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, trece de agosto de dos mil diez.
200º y 151º
En atención al auto que antecede certifíquense por Secretaría copias del libelo de la demanda que riela del folio 01 al 07 de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Vigente, insertándose el pie de la certificación el presente auto.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-