REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MEÉIDA. Mérida, seis de agosto de dos mil diez.

200° y 151°


Vista la diligencia que antecede de fecha 04 de agosto de 2010 (folio 67), suscrita por la abogada en ejercicio EMILIA MARGARITA MARCANO MANZULLI, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita “…cómputo correspondiente para que tenga lugar el primer actor reconciliatorio,…”, este Tribunal le hace saber a la prenombrada profesional del derecho, que el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, se celebrará en el CUADRAGESIMO SEXTO (46º) DÍA, siguiente a aquel en que constó en autos la citación del defensor judicial ---abogado en ejercicio DANIEL HUMBERTO SÁNCHEZ----, a las NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 a.m), esto es, desde el día 20 de julio de 2010, exclusive, debiéndose excluir de dicho cómputo ---de ser el caso---el lapso previsto para el receso judicial, es decir, desde el día 15 de agosto de 2010 al 15 de septiembre de 2010, ambas fechas inclusive.


EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO


LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO


ACZ/SQQ/yp.-