REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, nueve de agosto de dos mil diez.

200° y 151°

Vista tanto las pruebas promovidas por el abogado en ejercicio CARLOS ALBERTO TORO GAVIDIA, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano EDGAR JOSÉ ROMERO AZUAJE, en fecha 29 de julio de 2010 (folios 59 y vuelto), como las promovidas por el abogado en ejercicio DANIEL HUMBERTO SÁNCHEZ MALDONADO, en su condición de defensor judicial de la parte demandada, ciudadana ERLINDA MARGARITA CHIRINOS GONZÁLEZ, en fecha 02 de agosto de 2010 (folio 60 y vuelto); y estando dentro del lapso legal para providenciarlas de conformidad con el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal lo hace en la forma siguiente:

PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA:
(EDGAR JOSÉ ROMERO AZUAJE)

1.-PRUEBAS DOCUMENTALES: En cuanto a la prueba documental promovida en el “CAPITULO I”, del escrito de promoción de pruebas, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia procédase a su evacuación.

2.- PRUEBA TESTIFICAL: En cuanto a la Prueba Testifical promovida en el escrito de pruebas en el “CAPITULO II”, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y para la evacuación de la misma, este Tribunal de conformidad con el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, fija:

• El TERCER (3º) DÍA DE DESPACHO, siguiente al de hoy a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (9:30 a.m), para que tenga lugar la presentación y comparecencia del testigo, ciudadano JULIO CESAR RINCÓN RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.471.208, domiciliado en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil.

• El SEXTO (6º) DÍA DE DESPACHO, siguiente al de hoy a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (9:30 a.m), para que tenga lugar la presentación y comparecencia del testigo, ciudadano JOSÉ YOVANI GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.045.037, domiciliado en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil.

• El NOVENO (9º) DÍA DE DESPACHO, siguiente al de hoy a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (9:30 a.m), para que tenga lugar la presentación y comparecencia del testigo, ciudadano JOSÉ DUGARTE NAPOLEON RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.129.665, domiciliado en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil.

• El DUODÉCIMO (12º) DÍA DE DESPACHO, siguiente al de hoy a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (9:30 a.m), para que tenga lugar la presentación y comparecencia del testigo, ciudadano NAPOLEON DUGARTE BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.006.179, domiciliado en esta ciudad d Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil.

• El DÉCIMO QUINTO (15º) DÍA DE DESPACHO, siguiente al de hoy a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (9:30 a.m), para que tenga lugar la presentación y comparecencia de la testigo, ciudadana IRIAM ORIANA RIVAS RONDÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.366.604, domiciliado en esta ciudad d Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil.



Sesenta y dos (62)

PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA:
(ERLINDA MARGARITA CHIRINOS GONZÁLEZ)

1.-PRUEBA DOCUMENTAL: En cuanto a la prueba documental promovida en el particular “I”, del escrito de promoción de pruebas, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia procédase a su evacuación.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO
EXP. 10.004.
ACZ/SQQ/yp.-