REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Santo Domingo, nueve (09) de Agosto del año dos mil diez.------
200º y 151º
Vista la diligencia suscrita por el Abogado en ejercicio ANTONIO RAMON CAMACHO, portador de la cedula de identidad Nº 8.004.576, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 38.954, en su condición de endosatario en procuración del ciudadano ORLANDO ELEAZAR MONTILLA GUERRERO, Parte Demandante en las presentes actuaciones, y la cual riela al folio veintitrés (23) de la presente comisión, en la cual solicita de este Juzgado Ejecutor se sirva remitir la comisión contentiva del Embargo Preventivo, enviada a este Despacho anexa al oficio Nº 2730-256 de fecha 19 de julio de 2010, el cual fue librado en el expediente Nº 291, llevado por el Tribunal de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y en donde el abogado ANTONIO RAMON CAMACHO, Endosatario en Procuración del ciudadano ORLANDO ELEAZAR MONTILLA GUERRERO demanda al ciudadano EDITXON DAVID PACHECO MOLINA, por Cobro de Bolívares Vía Intimatoria. En tal sentido este Tribunal Ejecutor, acuerda conforme a lo solicitado y en consecuencia ordena remitir las actuaciones contenidas en la Comisión 183-2010, nomenclatura de este Juzgado Ejecutor de Medidas, al Tribunal Comitente, tal y como fue solicitada en la diligencia. Remítase con oficio y déjese constancia de su salida en el libro respectivo.-La Juez Titular Ejecutora de Medidas, Abogada IVAL E. ROLDAN RONDON. (Fdo) ilegible. Se deja constancia que se encuentra estampado en tinta el sello del Tribunal. El Secretario Titular, Abogado ESEQUIEL ANGEL MARTINEZ. (Fdo) ilegible.
En la misma fecha del auto anterior se cumplió con lo ordenado, se remite constante de veintiséis (26) folios útiles, anexa al oficio Nº 0074, quedando anotada su salida bajo el Nº 183 del libro respectivo.- El Secretario Titular, Abogado ESEQUIEL ANGEL MARTINEZ. Se deja constancia que se encuentra estampado en tinta el sello del Tribunal.
Expediente Nº 291
Motivo: Cobro Bolívares Vía Intimatoria.
Demandante: Abg. Antonio Ramón Camacho (Endosatario En Procuración del ciudadano Orlando Montilla G.)
Demandado: Editxon Pacheco Molina.
Comisión Nº 183-2010
Medida: Embargo Preventivo.