REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, uno de diciembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: LP21-L-2010-000073


HOMOLOGACIÓN DE TRANSACCIÓN


PARTE DEMANDANTE: RAUL ANTONIO CARRASQUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.686.978, de este domicilio
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
ANA DELINDA SOSA Y ELIZABEHT CAROLINA PEÑA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 65.350 y 36.790, respectivamente.
PARTE DEMANDADA:
ALCALDIA DEL MUNICIPIO RANGEL DEL ESTADO MERIDA
SINDICO MUNICIPAL:: RAFAEL SANTIAGO YANES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.977.

MOTIVO:
COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

Vista la diligencia de fecha veintiséis (26) de noviembre de dos mil diez (2.010) que corre agregada al folio ochenta (80) del presente expediente, debidamente suscrita por lo parte actora RAUL ANTONIO CARRASQUEL y su apoderada Abg. ANA DELINDA SOSA, e igualmente por el Sindico Municipal de la Alcaldía del Municipio Rangel del Estado Mérida, quien consigno autorización suscrita por el Alcalde Oscar Enrique Albarrán, que corre agregada al folio 81 para realizar la transacción objeto de la presente decisión, mediante la cual manifiestan que a los fines de dar cumplimiento a la sentencia proferida en contra del Municipio Rangel del Estado Mérida, de fecha 21 de julio de 2.010, mediante la cual señalan expresamente que a los fines de evitar una ejecución forzosa de la sentencia es que ofrece pagar al trabajador la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 15.000,00) mediante cheque Nº 06712160 de la cuenta Nº 01080114100100000164, con cuyo monto manifestó el trabajador estar de acuerdo, por tal razón solicitó la homologación del acuerdo.-------------------------------------------------------
Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, homologa el acuerdo de las partes, de conformidad con lo establecido 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9 del Reglamento de la referida Ley y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada dándose por terminado el presente juicio. Se ordena notificar al Sindico Municipal de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal a los fines legales pertinentes. Cópiese y Publíquese.-
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, al uno (01) día del mes de diciembre de Dos mil diez (2.010).-------------------------------

LA JUEZ TITULAR,


ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ



LA SECRETARIA,


ABG. YURAHI GUTIERREZ