REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, uno (01) de diciembre de dos mil diez (2.010)
200º y 151º

ASUNTO: LP21-L-2010-000519

ACTA DESISTIMIENTO


PARTE ACTORA:
NELSON BARRERA GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.965.422, de este domicilio.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA:
MARIA VIRGINIA PERNIA RAMÍREZ, ANA CIRIMELE, ANA ALICIA LEAL, NANCY CALDERON Y HENRY RODRIGUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 70.173, 69.755, 69.952, 91.089 y 91.088, en su orden.
PARTE DEMANDADA:
Sociedad Mercantil “CORPORACION VILLAS DE MONSERRAT C.A”
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
YOLANDA RINCON Y EDUAR LEAL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 21.390 y 115.905
MOTIVO:
Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales


En el día hábil de hoy, uno (01) de diciembre de 2.010, siendo las once y treinta de la mañana, día fijado para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, compareció a la misma la parte demandada a través de sus apoderados Abg. YOLANDA RINCON Y EDUAR LEAL, cuyo poder corre agregada al expediente en tres (03) folios, asimismo, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE NELSON BARRERA GIL, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200 ° y 151°.

LA JUEZ,


Abg. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ




APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA,




LA SECRETARIA,



ABG. NORELIS CARRILLO.