REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 09 de Diciembre de Dos Mil Diez.
200º y 151 º
Expediente Nro. 00119
Analizadas como han sido las actas que integran el presente expediente y verificada la celebración de la audiencia preliminar, tal como lo prevé el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de jurisdicción voluntaria. Cumplidos así todos los términos procesales correspondientes este Tribunal Primero de Primera de Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara medida de protección definitiva, quedando constituido el Consejo de Tutela a favor del adolescente OMITIR NOMBRE, de la siguiente manera: ANTOLINA GARCIA DE CAMACHO Tutora, con aprobación del Consejo de Tutela, JOSE NARCISO CAMACHO CAMACHO Protutor y GENESIS DAYANA CAMACHO GARCIA Suplente, y el Consejo de Tutela integrado por los siguientes ciudadanos: YULEIDE COROMOTO CAMACHO GARCIA, DEICY LORENA VILLASMIL, JUAN CARLOS GUILLEN y FRANCY CONTRERAS VERGARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 3.994.083, 3.498.261, 19.593.565, 15.174.494, 12.347.260, 13.500.211, 10.102.717, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 177 Parágrafo segundo, literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.
DIARICESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En Mérida a los nueve (09) días del mes de diciembre de 2010. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZA,
Dra. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA,
ABG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria
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