REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 9 de diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2010-003133
ASUNTO : LP11-P-2010-003133

AUTO ACORDANDO PROCEDIMIENTO POR CONSUMO DE DROGAS

Corresponde a este Tribunal Cuarto de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, fundamentar los pronunciamientos emitidos en Audiencia del día de hoy, en los siguientes términos:
Identificación del Imputado
JOSE GONZALO CEBALLOS RUIZ, dijo ser venezolano, de 49 años de edad, dijo ser titular de la cédula de identidad Nº V- 8.711.876, natural de Bailadores, Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida, nacido en fecha 21/03/1962, soltero, mecánico, analfabeta, hijo de Gonzalo Ceballos (d) y de Zeyla Ruiz (d), domiciliado en la Urbanización El paraíso, por detrás de la Iglesia, casa Nº 14, al lado de una tienda de confección de ropa, El Vigía, Estado Mérida.
Los Hechos
Según acta de investigación penal, de fecha 06-12-2010, suscritas por los funcionarios Agentes Omar Rangel y Carlos Montilla, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas, Sub Delegación El Vigía Estado Mérida, en fecha 06-12-10 a las 02:40 p.m. encontrándose en labores de patrullaje a bordo de la Unidad P-32C, por el Sector el Paraíso, en las adyacencias del Terminal de Pasajeros, en un terreno baldío , ubicado al lado de las construcciones Junior Mall de esta ciudad, al visualizar a un sujeto que asumió una actitud sospecho al ver la presencia policial, le dan la voz de alto y al realizarle la inspección le incautan entre sus manos, una pipa de fabricación casera, elaborada en material sintético, azul y negro, cubierta con papel de aluminio, amarrada en uno de sus extremos con un segmento de color blanco y azul, la cual emanaba un olor fuerte de los residuos que contenía dentro de ella; y dos envoltorios dentro del bolsillo delantero derecho del pantalón que vestía, elaborados en material sintético de color azul y blanco, en cuyo interior contenían polvo de color beige que también expedía un olor fuerte, presunta droga, motivo por el cual procedieron a su detención. (Folios 3 al 4).
Motivación para decidir
Por cuanto se constata de la experticia química de barrido N° 9700-067-2965, de fecha 07-12-2010, que la sustancias incautada, arrojó un peso neto de 500 miligramos de cocaína base, al igual que se infiere de la experticia Toxicológica in vivo que en fecha 07-12-10 le fue realizada al investigado en este caso, al resultar positivo en la muestra de orina para cocaína, que se trata de un individuo que consume dicha sustancia, pudiendo ser la cantidad que le fue incautada para su consumo personal; el tribunal estima procedente y ajustada a derecho la solicitud del Ministerio Público, de aplicarle al investigado JOSE GONZALO CEBALLOS RUIZ, el procedimiento previsto en el artículo 141 y siguientes de la Ley Orgánica de Drogas; a tal efecto, conforme a lo solicitado por el Ministerio Público, se le impone la obligación de presentarse en la FUNDACIÓN FUNDADER, CAMINO DE RESCATE, con sede en El Paraíso, Sector Ali Primera, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, a cargo del Director Alirio Maurera, TELF. 8810468/ 0414-9756216, para lo cual se acuerda librar el respectivo oficio. También se ordena le sea practicada una Experticia Psiquiatrica, para lo cual líbrese el respectivo oficio al Jefe de la Medicatura Forense a tal fin. En consecuencia se acuerda la inmediata libertad del precitado ciudadano, tal como lo solicitó la representante del Ministerio Público, para lo cual líbrese la boleta de libertad.

DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: Conforme a lo solicitado por el Ministerio Público el Procedimiento previsto en el Artículo 141 y siguientes de la Ley Orgánica de Drogas, relativo al Consumo. A tal efecto, se impone al ciudadano JOSE GONZALO CEBALLOS RUIZ, antes identificado, la obligación de presentarse en la FUNDACIÓN FUNDADER, CAMINO DE RESCATE, con sede en El Paraíso, Sector Ali Primera, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, a cargo del Director Alirio Maurera, TELF. 8810468/ 0414-9756216, a los fines de su rehabilitación. Y que le sea practicado un Examen Médico Psiquiátrico. Líbrese los Oficios respectivos. En consecuencia se ordena la inmediata libertad del ciudadano JOSE GONZALO CEBALLOS RUIZ, para lo cual líbrese la respectiva boleta. Remítase en su oportunidad la presente causa a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público. Las partes quedaron debidamente notificadas de presente decisión.
JUEZA TEMPORAL DE CONTROL N° 4

ABG. ARLENIS OLAIDA LARA GALAVIS
SECRETARIA