REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, once (11) de enero de dos mil diez (2.010)
199º y 150º
ASUNTO: LP21-L-2009-000356
ACTA DE DESISTIMIENTO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
PARTE ACTORA: KLYBHER YDELMAR LINAREZ NAVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.446.967, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ANA BETRIZ CIRIMELE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 69.755, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores para el estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALVARO REINALDO NAVARRO PEDRAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.352
MOTIVO: Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos.
En el día hábil de hoy once (11) de enero de dos mil diez (2010), siendo las diez de la mañana (10:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa de la comparecencia de la parte demandada a través de su apoderado Abg. ALVARO REINALDO NAVARRO PEDRAZA, quien consigna poder en copias y original para su vista y devolución y ser agregado al expediente, asimismo se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante KLYBHER YDELMAR LINAREZ NAVAS, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199 ° y 150°.
LA JUEZ TITULAR,
ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ
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