REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, veintiséis (26) enero de dos mil diez (2010).--------------------------------------------------------------------------------------------------
199º y 150º
Visto el escrito de fecha 21 de enero de 2010, inserta al folio setenta y seis (76) del presente expediente, mediante la cual la ciudadana LEYNNY MARIALY MARQUEZ PUENTES, identificada en autos, asistida por el Abogado JOHNY GRATEROL ZAMBRANO, identificado en autos, mediante el solicita el desistimiento de la solicitud y se acuerde el archivo del expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero la solicitante no podrá proponer otra solicitud antes que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266 Código del Procedimiento Civil, por lo que se ordena el Cierre y Archivo del Expediente Nº 0481. Motivo: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA NOMBRAMIENTO DE CURADOR. SOLICITANTE: GRATEROL ZAMBRANO JHONY APODERADO JUDICIAL DE LA CIUDADANA MARQUEZ PUENTES LEYNNY MARIALY . Procedencia: Particular. Fecha de Entrada: 29 de julio de 2009. Líbrese oficio y déjese copia en el expediente. Cúmplase.-----------------------------------
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. NAYARIB MONSALVE U.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
La Sria.
Exp. Nº 0481.