REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 14 de Enero de 2010
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2006-002036
ASUNTO : LP01-P-2006-002036


Visto el escrito presentado por el imputado Atilio Roger Gotopo Petit, mediante la cual solicita a este tribunal la ampliación del régimen de presentaciones y el cambio de lugar para cumplir las mismas, debido a que ha cumplido cabalmente las obligaciones que le fueron impuestas y que la frecuencia de las presentaciones impuestas por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, alegando su buen comportamiento, su estado de salud y que su residencia es en el estado Trujillo.
En tal sentido este tribunal observa:
Único: que de la revisión del sistema Juris 2000 se evidencia que efectivamente el acusado Atilio Roger Gotopo Petit, está cumpliendo con el régimen de presentaciones que en la oportunidad legal correspondiente se le impuso, lo que indica que el mismo responsablemente se ha sometido a las condiciones u obligaciones señaladas en la decisión respectiva, dictada el cuatro de noviembre de dos mil nueve (04.11.2009), para asegurar las resultas del procedimiento, motivo por el cual, este tribunal considera que no hay inconveniente alguno para ampliar el régimen de presentaciones de quince (15) días a treinta (30) días, es decir, se amplía el mismo por el lapso de quince (15) días.
En cuanto al lugar de presentaciones, considera esta juzgadora que la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, mediante decisión de fecha cuatro de noviembre de dos mil ocho (04.11.2009), ordenó que las presentaciones debían realizarse en la sede del tribunal que conocería del juicio, correspondiéndole a este tribunal de juicio Nº 05, considerando esta juzgadora que debe ser el lugar donde el mismo debe seguir presentándose, toda vez que facilita el control de verificación de cumplimiento de la medida cautelar impuesta, por tal motivo, no acuerda la petición del imputado, en lo concerniente al lugar donde debe presentarse.

Dispositiva:
En consecuencia este Tribunal de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, amplía el régimen de presentaciones que deben cumplir el acusado Atilio Roger Gotopo Petit, quien deberá presentarse cada treinta (30) días ante la sede de este tribunal, ampliación de medida que se hace de conformidad con los artículos 263 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Finalmente se insta al imputado en mención a que presente el domicilio procesal del defensor privado que el mismo ha designado para llevar a cabo su respectiva notificación.
Notifíquese a las partes y al imputado sobre el contenido de esta decisión. Certifíquese por secretaría copia de este auto. Cúmplase.

La Juez de Juicio N° 05

Abg. Marianina del Valle Brazón Sosa

La Secretaria

Abg. Lucy Terán


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró boletas de notificación Nros:___________________________________________ .____________________________________________________________

Sria