REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2009-001920
ASUNTO : LP11-P-2009-001920
EJECÚTESE DE SENTENCIA.
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria por Admisión de los Hechos dictada por el Tribunal de Control N°- 05 de este Circuito Judicial penal del Estado Mérida, extensión el Vigía de fecha 16-11-2009, inserta a los folios del 102 al 107, en contra de la ciudadana SINDY LOURDES URRAYA ROJAS, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-18.902.475, natural de el Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 04-02-1986, de 23 años de edad, de estado civil soltera, ama de casa, hija de María Angélica Rojas (f) y Luís Ángel Urraya (f) , residenciada en la Avenida 16, con calle 12, San Isidro, Bajando por la Farmacia El Terminal, en toda la esquina, casa Nº- 17-35, de color naranja teléfonos 0424-7517248 y 0424-7468290, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 31, tercer parágrafo de la Ley la Ley Orgánica Contra El Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del estado Venezolano, Condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, mas las Accesoria de Ley conforme al Artículo 16 del Código Penal y recibida como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. ---
PRIMERO: Se observa que la penada fue detenido el día 18-09-2009 hasta el día 16-11-2009, estando detenido por un lapso de UN (01) MES Y VEINTINUEVE (29) DIAS, y como fue condeno a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, le falta por cumplir una pena de DOS (02) AÑO, DIEZ (10) MESES Y UN (01) DIA, que terminará de cumplir en fecha 16-10-2012, al finalizar el día. Pudiendo la penada optar al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. Una vez que cumpla con los requisitos establecidos en el Artículo 493 del COPP.-------------------------------------------------
Notifíquese a la Fiscal XXII del Ministerio Público, ofíciese a la Coordinadora de la Defensa Pública, para que proceda a nombrarle un Defensor a la Penada, notifíquese a la Penada SINDY LOURDES URRAYA ROJAS. Ofíciese a la División de Antecedentes Penales, solicitando los antecedentes penales de la Penada, al Consejo Nacional Electoral y a la Unidad Técnica Nº- 01, Mérida Estado Mérida, para que practique el examen Psicosocial al la Penada. Se acuerda fijar una audiencia para el día 27-01-2010, a las 11 a.m, para imponer al la penada del presente ejecútese. Se fundamenta la presente decisión en los artículos antes señalados y en los 2, 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------------------
El JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01.
ABG. JESUS AQUILES FAJARDO.
LA SECRETARIA
ABG.