REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCIÓN

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA Mérida, veintisiete de enero de dos mil diez.

199° y 150°

No obstante que la sentencia de fecha 17 de diciembre de 2009, mediante la cual se dio por consumado el desistimiento de la apelación a que se contrae la presente incidencia, dictada por este Tribunal no es impugnable de inmediato a través del recurso de casación, se dejó transcurrir el lapso previsto al efecto por el artículo 314 del Código de Procedimiento Civil, el cual, según consta del cómputo que antecede, se encuentra vencido, y no habiéndose interpuesto tal recurso ni solicitado aclaratorias o ampliaciones de la referida decisión, se acuerda bajar el presente expediente al Juzgado de la causa a los fines legales consiguientes.

El Juez,


Daniel F. Monsalve Torres




El Secretario Temporal,


Joselit Ramírez Camacho

En la misma fecha se remite el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio número 0039-2010, salida número 10, constante de 288 folios útiles y en anexo cuaderno separado de medida de embargo preventivo constante de 49 folios útiles y cuaderno separado de medida de prohibición de enajenar y gravar constante de 51 folios útiles.

El Secretario Temporal,


Joselit Ramírez Camacho

DFMT/rcdd