JUZGADO DE PRIMERA INSTAN¬CIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNS¬CRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, diecinueve de enero de dos mil diez.
199° y l50°
Visto el escrito presentado en fecha 18 de diciembre de 2009 (folios 469 al 473, segunda pieza) por las ciudadanas HILDA AIMET PULIDO MARQUEZ y EVELIN PULIDO MARQUEZ, actuando en nombre y representación del co-demandado, ciudadano ADELMO PULIDO PEREIRA, asistidas por el abogado ISMAEL SEGUNDO CAÑAS LOPEZ, mediante el cual solicita que este Tribunal reponga la presente causa al estado de cumplir con la formalidad establecida en el artículo 781 del Código de Procedimiento Civil. Y, por cuanto de las actas procesales cursantes en autos, se constata que a los folios 460 al 466, segunda pieza, obra agregada acta de entrega formal en la ejecución de la sentencia en el presente juicio, este Tribunal niega tal reposición, en virtud que considera que dicho juicio se encuentra terminado; en todo caso lo que podrían intentar es la acción de nulidad de partición, vale decir interponer una nueva acción.
Conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.
La Juez Temporal,
Dra. Agnedys Hernández
La Secretaria,
Ab. Ana Thais Núñez Contreras
Exp. Nº 2888.-
Bcn.-
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