JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Veintiocho de Enero de Dos Mil Diez.

199° y 150°

Por cuanto el Tribunal observa que las ciudadanas MERIDA YALITZA MIRANDA ESCALANTE y ANA MERCEDES ESCALANTE MOGOLLON, fueron legalmente citadas y accedieron al Tribunal a rendir sus correspondientes declaraciones, declarando que reconocen en contenido y firma el documento que riela a los folios 07, 08 y 09, es por lo que este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 1364 del CODIGO CIVIL, en concordancia con los artículos 631, primer aparte y 899 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, declara RECONOCIDO, los instrumentos privados de fechas 17 de Agosto del 2007 y 21 de Enero de 2008, los cuales se refieren a un CONTRATO DE PROMESA U OPCION DE VENTA de un inmueble y un RECIBO DE PAGO, y que obran insertos a los folios 07, 08 y 09 de las presente actuaciones.

LA JUEZA,


ABG./POL. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.

LA SECRETARIA

ABG. SUSANA PARRA.

LA SECRETARIA,