JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, ocho de enero de dos mil diez.-

199º Y 150º

EXPEDIENTE Nº 7601.-


Vista la transacción celebrada, mediante escrito de fecha 14 de diciembre de 2009, que riela inserta a los folios 18, 19 y 20, suscrita tanto por el Abogado IVAN GOLFREDO MALDONADO, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.103.567, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.786, parte actora, y el ciudadano HERNAN MOLINA PEREIRA, , titular de la cédula de identidad Nº 3.767.049, parte demandada, asistido por la Abogada JANET MARISOL CONTRERAS PUELLO , inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 112.288, mediante la cual en forma expresa la parte demandada renuncio al lapso de comparecencia para dar contestación a la demanda y convino en hacer entrega material del inmueble para el día 15-01-2010, y vista la aceptación de la parte actora el cual solicitó se homologara la transacción, el Tribunal se abstiene de archivar el presente expediente hasta tanto la parte demandada dé cumplimiento a la obligación contraída. En tal sentido este Tribunal acuerda homologar, como en efecto así será lo decidido, dicha transacción, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, los contratos no tiene efecto sino entre las partes contratantes, no dañan ni aprovechan a terceros, excepto, en los casos establecidos por la Ley. En orden a todo lo antes expuesto, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA la expresada transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada con Autoridad de Cosa Juzgada; y por haberlo solicitado la parte actora, en la citada transacción el Tribunal se abstiene de ordenar el archivo del presente expediente, hasta tanto conste en autos el cumplimiento de la obligación contraída. Y ASI SE DECIDE.

LA JUEZA,


ABG./POL. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.
LA SECRETARIA,


ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.