REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 01. MÉRIDA, VEINTICUATRO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ (2010).

199º y 151º

VISTO.- Vista el Acta de fecha diecisiete (17) de febrero de 2010, inserta al folio 19 del presente expediente, levantada a los ciudadanos: TOVIAS PEREZ ROJAS y JOSEFA MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.048.416 y V-13.099.153, en compañía de los adolescentes OMITIR NOMBRE, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 24.374.463 y V- 26.128.539, respectivamente, en la que los ciudadanos Tovías Pérez Rojas y Josefa Muñoz, padres de los adolescentes de autos, quienes manifestaron que a petición de sus hijos, llegaron al acuerdo de que los mismos seguirán viviendo con el padre y así mismo la madre identificada en autos cede voluntariamente la custodia de sus hijos OMITIR NOMBRE, conservándose todos los derechos que como madre le asiste y haciendo uso de un régimen de convivencia familiar abierto para mantener los lazos de afecto con sus hijos. Se escucho la opinión de los adolescentes de autos quienes manifestaron que quieren seguir viviendo con su padre y visitar a su madre los fines de semana.------------ Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niño adolescentes OMITIR NOMBRE, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA, el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos TOVIAS PEREZ ROJAS y JOSEFA MUÑOZ, plenamente identificadas en autos, en beneficio de adolescentes OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa Juzgada y ordena el Archivo del Expediente.
LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 01.

ABOG. CONSUELO DEL CARMEN TORO DAVILA.

LA SECRETARIA TITULAR

ABG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-


LA SRIA.


Wasc/22702.